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Francia reescribe el Art. 25: OnlyFans y webcam, fuera


Hemiciclo de la Asamblea Nacional de Francia
Foto: PanierAvide / Wikimedia Commons, CC BY-SA 4.0

La Asamblea Nacional de Francia adoptó el 13 de octubre de 2026, en primera lectura y sin votos en contra (503 a favor, 0 en contra y 67 abstenciones), la proposición de ley integral contra las violencias sexuales y sexistas. El artículo 25 queda en la versión reescrita el 7 de octubre: plataformas como OnlyFans, MYM y los sitios de webcam quedan fuera del régimen de proxenetismo que preveía el texto de comisión. El expediente pasa ahora al Senado; todavía no es ley vigente.

Qué decía la versión anterior

Según Le Monde, la versión inicial del artículo buscaba extender el régimen penal del proxenetismo para sancionar a las plataformas digitales que permiten vender y comprar contenido para adultos personalizado. Además de OnlyFans y MYM, el diario menciona expresamente las plataformas de "caming", es decir, de transmisión en vivo. El artículo también preveía sanciones para los clientes que compraran ese contenido.

LCP, el canal de la Asamblea Nacional, recuerda que esas disposiciones se habían votado en comisión. Le Club des Juristes señala que la versión inicial recibió numerosas críticas de creadoras de contenido y de asociaciones como CATTS, Acceptess-T y Médecins du Monde.

Qué cambia con la enmienda del Gobierno

De acuerdo con LCP, el Gobierno argumentó que el texto anterior tenía el inconveniente de "incriminar no solo las actividades de proxenetismo y la compra de actos sexuales en línea, sino también las actividades ligadas a la creación de contenidos pornográficos en línea y a la industria pornográfica en general" (traducción propia). La nueva redacción, según el mismo medio, "circunscribe el campo de la represión a los hechos en los que la víctima no pudo expresar libre y conscientemente su consentimiento" (traducción propia).

Según el registro del escrutinio n.º 8565 de la Asamblea Nacional, la enmienda n.º 1274 (rectificada) fue adoptada con 144 votos a favor, ninguno en contra y 4 abstenciones.

El nuevo delito de explotación sexual en línea

LCP y Le Club des Juristes coinciden en que la nueva versión sanciona con 7 años de prisión y 150.000 euros de multa el hecho de reclutar, transportar, transferir, alojar o acoger a una persona para permitir la realización y difusión de imágenes o videos sexuales de esa persona en una plataforma en línea, cuando media amenaza, coacción, abuso de autoridad o abuso de una situación de vulnerabilidad.

Agravantes

Según Le Club des Juristes, la pena puede aumentar en ciertos casos, en particular cuando los hechos se cometen en banda organizada o contra una persona menor de edad. El mismo medio, citando a Le Monde, indica que la consulta de esos contenidos "con conocimiento de causa, de forma habitual o a cambio de un pago" (traducción propia) se castigaría con tres años de prisión.

Qué significa para creadoras y plataformas

Según LCP, la reescritura excluye de las sanciones la consulta de videos de carácter sexual realizados por un adulto que consiente. En la práctica, el foco pasa de la actividad de las plataformas a la explotación: los casos en los que no hay consentimiento libre.

Esto no cierra el debate. Le Monde recuerda que el texto se presentó como una respuesta a plataformas acusadas de albergar redes de explotación, y que OnlyFans ha recibido críticas en varias ocasiones por no actuar lo suficiente. Para las creadoras, la diferencia entre la versión de comisión y la del pleno es grande, pero el texto todavía puede cambiar.

Votación del texto completo: adoptado en primera lectura

El martes 13 de octubre de 2026, la Asamblea Nacional adoptó sin votos en contra la proposición de ley integral contra las violencias sexuales y sexistas: según el registro oficial del escrutinio n.º 8705 de la Asamblea, votaron 570 diputados: 503 a favor, 0 en contra y 67 abstenciones. La propia Asamblea confirma la adopción en primera lectura de esa proposición y de la proposición de ley orgánica asociada.

El artículo 25 queda, en esta etapa, en la versión reescrita el 7 de octubre (centrada en la explotación sexual en línea, no en el régimen de proxenetismo para plataformas de contenido adulto consentido). El texto debe pasar aún por el Senado, así que todavía no es ley vigente.

Fuentes

Actualizado el 14 Octubre 2026